SALUDOS COMPAÑEROS Y HERMANOS, EXCELENTE BLOGS Y VALIENTE RESISTENCIA A LA VIOLENCIA DEL ESTADO. LO QUE MÁS SE ESCUCHA EN EL VIDEO ES EL RECLAMO A QUE SE RESPETE EL DERECHO DEL DETENIDO A SER INFORMADO ACERCA DEL MOTIVO DE SU DETENCIÓN AL QUE HACE REFERENCIA LA LEY PROCESAL PENAL, A SABER: Artículo 135 ( Código Procesal Penal).- Información al detenido. El funcionario público a cargo del procedimiento de detención deberá informar al afectado acerca del motivo de la detención, al momento de practicarla. Y LO QUE QUEDA CLARO, AL MENOS EN EL VIDEO, ES QUE CUANDO EL PUEBLO RECURRE A LA LEY COMO ARGUMENTO, ESTA CARECE DE VALOR FRENTE A CARABINEROS. SERIA INTERESANTE QUE PUDIERAN INCLUIR EN EL BLOGS LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE GARANTIA, ESTABLECIDO POR LEY, PARA VER COMO RESUELVEN LOS TRIBUNALES ESTA DETENCIÓN ILEGAL, Y ASÍ COMENTARLA. EL RECLAMO DE LA LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE UNA DETENCIÓN, RECONOCE VALOR A LA LEY, LEY IMPUESTA POR LOS DOMINADORES Y SUS LACAYOS REUNIDOS EN EL CONGRESO, .
EL IMPERIO DE LA LEY O ESTADO DE DERECHO, ES EL ARGUMENTO MAS RECURRENTE DE LOS DOMINADORES, PUES SON ELLOS LOS DETENTAN EL MONOPOLIO NORMATIVO, Y EL VERDADERO PODER DE LA LEY NO SE DA POR SU CREACIÓN SINO POR SU ACEPTACIÓN, POR TANTO MIENTRAS EL PUEBLO ACEPTE LA LEY ESTARÁ ACEPTANDO QUE EL CARABINERO HACIENDO USO DE LA FUERZA REPRIMA AL PUEBLO EN EL NOMBRE DE LA LEY. Y LA LEY... A QUIEN LE RECONOCE Y GARANTIZA DERECHOS? ESTA CLARO QUE A WAIKILAF, NO. SÓLO EL PUEBLO PUEDE RECONOCER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS AL PUEBLO.
1 comentario:
SALUDOS COMPAÑEROS Y HERMANOS, EXCELENTE BLOGS Y VALIENTE RESISTENCIA A LA VIOLENCIA DEL ESTADO.
LO QUE MÁS SE ESCUCHA EN EL VIDEO ES EL RECLAMO A QUE SE RESPETE EL DERECHO DEL DETENIDO A SER INFORMADO ACERCA DEL MOTIVO DE SU DETENCIÓN AL QUE HACE REFERENCIA LA LEY PROCESAL PENAL, A SABER:
Artículo 135 ( Código Procesal Penal).- Información al detenido. El funcionario público a cargo del procedimiento de detención deberá informar al afectado acerca del motivo de la detención, al momento de practicarla.
Y LO QUE QUEDA CLARO, AL MENOS EN EL VIDEO, ES QUE CUANDO EL PUEBLO RECURRE A LA LEY COMO ARGUMENTO, ESTA CARECE DE VALOR FRENTE A CARABINEROS. SERIA INTERESANTE QUE PUDIERAN INCLUIR EN EL BLOGS LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE GARANTIA, ESTABLECIDO POR LEY, PARA VER COMO RESUELVEN LOS TRIBUNALES ESTA DETENCIÓN ILEGAL, Y ASÍ COMENTARLA.
EL RECLAMO DE LA LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE UNA DETENCIÓN, RECONOCE VALOR A LA LEY, LEY IMPUESTA POR LOS DOMINADORES Y SUS LACAYOS REUNIDOS EN EL CONGRESO, .
EL IMPERIO DE LA LEY O ESTADO DE DERECHO, ES EL ARGUMENTO MAS RECURRENTE DE LOS DOMINADORES, PUES SON ELLOS LOS DETENTAN EL MONOPOLIO NORMATIVO, Y EL VERDADERO PODER DE LA LEY NO SE DA POR SU CREACIÓN SINO POR SU ACEPTACIÓN, POR TANTO MIENTRAS EL PUEBLO ACEPTE LA LEY ESTARÁ ACEPTANDO QUE EL CARABINERO HACIENDO USO DE LA FUERZA REPRIMA AL PUEBLO EN EL NOMBRE DE LA LEY.
Y LA LEY... A QUIEN LE RECONOCE Y GARANTIZA DERECHOS? ESTA CLARO QUE A WAIKILAF, NO.
SÓLO EL PUEBLO PUEDE RECONOCER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS AL PUEBLO.
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